INFORMACIÓN SOBRE EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TÍTULO EXTRANJERO

INFORMACIÓN SOBRE EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TÍTULO EXTRANJERO

La comprobación del expediente de estudios previos (evaluación del expediente de título extranjero) es imprescindible para el acceso de estudiantes titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior que no tengan su título homologado. Debe realizarse con carácter previo e independiente del resto de procedimientos, que estarán condicionados a la superación de la misma. El plazo de presentación permanece abierto a lo largo de todo el año. Es conveniente anticipar al máximo este trámite previo para poder cumplir con los plazos del resto de procedimientos.

La evaluación del expediente de título extranjero no implicará, en ningún caso, la homologación ni la equivalencia del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

  • Para información relativa al trámite de evaluación del expediente de título extranjero y procedimiento para la solicitud Pulse Aquí.

«La solicitud incluirá la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud
  • Justificante del abono de precios públicos por la comprobación del expediente del título extranjero para acceder al Máster. Este requisito es necesario para su tramitación.
  • Copia del DNI o pasaporte.
  • Copia legalizada del Título de grado o nivel académico equivalente.
  • Certificación original o copia, debidamente legalizadas, de las asignaturas cursadas en el Grado o nivel académico equivalente, con mención expresa de su denominación, duración y calificación.
  • Justificación original o copia, debidamente legalizadas, de que el título aportado faculta, en el país expedidor del mismo, para el acceso a enseñanzas de máster (Modelo de certificado).

En ningún caso se admitirán copias simples de los documentos salvo que la Apostilla pueda ser verificada electrónicamente.

La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado. Los documentos podrán legalizarse por vía diplomática o con Apostilla de la Haya.

Se acompañará traducción oficial al castellano de toda la documentación aportada.

La documentación debe presentarse completa. No se iniciará el trámite si la solicitud está incompleta o no reúne los requisitos de legalización señalados (VínculoInformación sobre trámite de legalización). En caso contrario, la solicitud se dará por no presentada. »

Que un documento esté legalizado, significa que cuente con la la Apostilla de la Haya para los países firmantes o con la legalización diplomática para los que no suscritores.

  •  Lugar de presentación: La documentación se presentará por correo postal, mensajería o de forma presencial en la Sección de Estudios de Grado y Máster (Patio de Escuelas, nº 1, 37008-Salamanca).
  • Además, se recuerda a los alumnos extranjeros que, a la hora de solicitar el visado en las Representación Diplomáticas de España, se les exigirá igualmente que, en la documentación que se aporte para la solicitud de dicho visado, esté legalizada, esto es, la Apostilla de la Haya para los países firmantes y la legalización diplomática para los que no suscritores. Para conocer los requisitos específicos de su visado, vea la información del  Ministerio de Asuntos Exteriores de España seleccionado el país emisor de los documentos, y el trámite de visado de estudios.